24. Pero, ¿a dónde va el alma cuando abandona el cuerpo? No diremos que se encuentra aquí, porque nada hay que pueda recibirla, ni tampoco podría permanecer en lo que no está hecho para ella. A no ser que alguna cosa del cuerpo la atraiga a él por su misma insensatez. Porque es claro que si tomase otro cuerpo, ya se dará en él y le seguirá allí donde su naturaleza le hace existir y nacer. Siendo muchos los lugares que pueden acoger al alma, convendrá que aquel al que llegue esté de acuerdo con sus disposiciones y con la justicia que domina sobre los seres. Porque nadie escapa a los castigos debidos a la injusticia. La ley divina no puede en modo alguno ser eludida y dispone en sí misma de poder resolutivo; por ello, incluso sin saberlo, el culpable es llevado al lugar de castigo, y, movido con un movimiento incierto, oscilando de aquí para allá, termina al fin, luego de muchos extravíos y fatigas, por caer en el lugar adecuado. Voluntariamente, pues, se entrega a un sufrimiento involuntario. Pero en la ley se determina la cantidad y el tiempo del castigo y, cuando éste cesa, el culpable puede abandonar el lugar que le fue asignado gracias a la armonía que reina en todas las cosas.
Las almas que sufran un castigo corpóreo habrán de contar, sin embargo, con un cuerpo. En cuanto a las almas puras, que no sufren en modo alguno la atracción de ningún cuerpo, no pueden ser ya necesariamente las almas de un cierto cuerpo. Y si no están en ningún lugar del cuerpo — puesto que no tienen cuerpo — , se encontrarán allí donde se hallen la sustancia, el ser y la divinidad. En Dios, con la sustancia y el ser, tal será en verdad el lugar de esas almas. Si queréis encontrar donde se hallan, buscadlas, pero no con los ojos y al modo como buscáis los cuerpos.